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NORMAS INTERNACIONALES CONTADURIA PÚBLICA

Resumen técnico Este extracto ha sido preparado por el equipo técnico de la Fundación IASC y no ha sido aprobado por el IASB. Para conocer los requisitos completos se debe hacer referen
cia a las Normas Internacionales de Información Financiera.

 NIC 8 Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores

El objetivo de esta Norma es prescribir los criterios para seleccionar y modificar las políticas contables, así como el tratamiento contable y la información a revelar acerca de los cambios en las políticas contables, de los cambios en las estimaciones contables y de la corrección de errores. La Norma trata de realzar la relevancia y fiabilidad de los estados financieros de una entidad, así como la comparabilidad con los estados financieros emitidos por ésta en periodos anteriores, y con los elaborados por otras entidades.

Políticas Contables 



Para ampliar mas conocimiento sobre las Politicas contables favor mirar el resumen aqui en esta entrada:

CONCEPTOS BASICOS DE LA CONTABILIDAD EXPLICADITOS


Políticas contables son los principios específicos, bases, acuerdos, reglas y procedimientos adoptados por la entidad en la elaboración y presentación de estados financieros. Cuando una Norma o Interpretación sea específicamente aplicable a una transacción, otro evento o condición, la política o políticas contables aplicadas a esa partida se determinarán aplicando la Norma o Interpretación en cuestión, y considerando además cualquier Guía de Implementación relevante emitida por el IASB para esa Norma o Interpretación.

En ausencia de una Norma o Interpretación que sea aplicable específicamente a una transacción o a otros hechos o condiciones, la gerencia deberá usar su juicio en el desarrollo y aplicación de una política contable, a fin de suministrar información que sea: Al realizar los juicios descritos en el párrafo 10, la gerencia deberá referirse, en orden descendente, a las siguientes fuentes y considerar su aplicabilidad:

(a) los requisitos y guías establecidas en las Normas e Interpretaciones que traten temas similares y relacionados; y
(b) las definiciones, así como los requisitos de reconocimiento y medición, establecidos para activos, pasivos, ingresos y gastos en el Marco Conceptual.

La entidad seleccionará y aplicará sus políticas contables de manera uniforme para transacciones, otros eventos y condiciones que sean similares, a menos que una Norma o Interpretación exija o permita específicamente establecer categorías de partidas para las cuales podría ser apropiado aplicar diferentes políticas. Si una Norma o Interpretación exigen o permite establecer esas categorías, se seleccionarán una política contable adecuada, y se aplicará de manera uniforme a cada categoría.

La entidad cambiará una política contable sólo si tal cambio:

(a) es requerido por una Norma o Interpretación; o
(b) lleva a que los estados financieros suministren información más fiable y relevante sobre los efectos de las transacciones, otros eventos o condiciones que afecten a la situación financiera, el desempeño financiero o los flujos de efectivo de la entidad.

la entidad contabilizará un cambio en una política contable derivado de la aplicación inicial de una Norma o Interpretación, de acuerdo con las disposiciones transitorias específicas de tales Normas, si las hubiera; y cuando la entidad cambie una política contable, ya sea por la aplicación inicial de una Norma o Interpretación que no incluya una disposición transitoria específica aplicable a tal cambio, o porque haya decidido cambiarla de forma voluntaria, aplicará dicho cambio retroactivamente. Los cambios en una política contable se apliquen retroactivamente, re expresando la información de periodos anteriores a menos que sea impracticable determinar el efecto acumulado del cambio o los efectos que corresponden a cada periodo específico;
Cambio en una estimación contable

La utilización de estimaciones razonables es parte esencial en la elaboración de los estados financieros, y no socava su fiabilidad. Un cambio en una estimación contable es un ajuste en el importe en libros de un activo o de un pasivo, o en el importe del consumo periódico de un activo, que se produce tras la evaluación de la situación actual del elemento, así como de los beneficios futuros esperados y de las obligaciones asociadas con los activos y pasivos correspondientes. Los cambios en las estimaciones contables son el resultado de nueva información o de nuevos acontecimientos y, en consecuencia, no son correcciones de errores. El efecto de un cambio en una estimación contable, se reconocerá de forma prospectiva, incluyéndolo en el resultado del:
(a) periodo en que tiene lugar el cambio, si éste afecta a un solo periodo; o
(b) periodo en que tiene lugar el cambio y los futuros, si afectase a varios periodos.

Errores de períodos anteriores

Errores de periodos anteriores son las omisiones e inexactitudes en los estados financieros de una entidad, para uno o más periodos anteriores, resultantes de un fallo al emplear o de un error al utilizar información fiable que:

(a) estaba disponible cuando los estados financieros para tales ejercicios fueron formulados; y
(b) podría esperarse razonablemente que se hubiera conseguido y tenido en cuenta en la elaboración y presentación de aquellos estados financieros.

Dentro de estos errores se incluyen los efectos de errores aritméticos, errores en la aplicación de políticas contables, el no advertir o mal interpretar hechos, así como los fraudes.

Salvo que sea impracticable determinar los efectos en cada periodo específico o el efecto acumulado del error, la entidad corregirá los errores materiales de periodos anteriores, de forma retroactiva, en los primeros estados financieros formulados después de haberlos descubierto:

(a) re expresando la información comparativa para el periodo o periodos anteriores en los que se originó el error; o
(b) si el error ocurrió con anterioridad al periodo más antiguo para el que se presenta información, re expresando los saldos iniciales de activos, pasivos y patrimonio neto para dicho periodo.

NIC 1 Presentación de Estados Financieros

Emitida el 1 de enero de 2009
Este extracto ha sido preparado por el equipo técnico de la Fundación IASC y no ha sido aprobado por el IASB. Para
Conocer los requisitos completos se debe hacer referencia a las Normas Internacionales de Información Financiera.
Esta Norma establece las bases para la presentación de los estados financieros de propósito general, para
Asegurar que los mismos sean comparables, tanto con los estados financieros de la misma entidad
Correspondientes a periodos anteriores, como con los de otras entidades. Esta Norma establece requerimientos
Generales para la presentación de los estados financieros, guías para determinar su estructura y requisitos
Mínimos sobre su contenido.

Un juego completo de estados financieros comprende:
(a) un estado de situación financiera al final del periodo;
(b) un estado del resultado integral del periodo;
(c) un estado de cambios en el patrimonio del periodo;
(d) un estado de flujos de efectivo del periodo;
(e) notas, que incluyan un resumen de las políticas contables más significativas y otra información explicativa;
(f) un estado de situación financiera al principio del primer periodo comparativo, cuando una entidad aplique
Una política contable retroactivamente o realice una re expresión retroactiva de partidas en sus estados
Financieros, o cuando reclasifique partidas en sus estados financieros.

Una entidad cuyos estados financieros cumplan las NIIF efectuará, en las notas, una declaración, explícita y sin
Reservas, de dicho cumplimiento. Una entidad no señalará que sus estados financieros cumplen con las NIIF a
Menos que satisfagan todos los requerimientos de éstas. Se presume que la aplicación de las NIIF,
Acompañada de información adicional cuando sea preciso, dará lugar a estados financieros que proporcionen
Una presentación razonable.

Al elaborar los estados financieros, la gerencia evaluará la capacidad que tiene una entidad para continuar en
Funcionamiento. Una entidad elaborará los estados financieros bajo la hipótesis de negocio en marcha, a
Menos que la gerencia pretenda liquidar la entidad o cesar en su actividad, o bien no exista otra alternativa más
Realista que proceder de una de estas formas. Cuando la gerencia, al realizar esta evaluación, sea consciente de
La existencia de incertidumbres importantes, relativas a eventos o condiciones que puedan aportar dudas
Significativas sobre la posibilidad de que la entidad siga funcionando normalmente, procederá a revelarlas en
los estados financieros.
Una entidad presentará por separado cada clase significativa de partidas similares. Una entidad presentará por
separado las partidas de naturaleza o función distinta, a menos que no tengan importancia relativa.
Una entidad no compensará activos con pasivos o ingresos con gastos a menos que así lo requiera o permita
Una NIIF.

Una entidad presentará un juego completo de estados financieros (incluyendo información comparativa) al
Menos anualmente.
A menos que las NIIF permitan o requieran otra cosa, una entidad revelará información comparativa respecto
del periodo anterior para todos los importes incluidos en los estados financieros del periodo corriente. Una
entidad incluirá información comparativa para la información de tipo descriptivo y narrativo, cuando esto sea
relevante para la comprensión de los estados financieros del periodo corriente.
Cuando la entidad modifique la presentación o la clasificación de partidas en sus estados financieros, también
Reclasificará los importes comparativos, a menos que resulte impracticable hacerlo.
Una entidad identificará claramente los estados financieros y los distinguirá de cualquier otra información
Publicada en el mismo documento.

La NIC 1 requiere que una entidad presente, en el estado de cambios en el patrimonio, todos los cambios en el
Patrimonio que proceden de los propietarios. Todos los cambios en el patrimonio que no proceden de los
Propietarios (es decir en el resultado integral) se requiere que se presenten en un estado del resultado integral o
En dos estados (un estado del resultado separado y un estado del resultado integral).
 Los componentes del Resultado integral no está permitido que se presenten en el estado de cambios en el patrimonio.
Una entidad reconocerá todas las partidas de ingreso y gasto de un periodo en el resultado a menos que una
NIIF requiera o permita otra cosa.
En las notas:

(a) presentará información acerca de las bases para la preparación de los estados financieros, y sobre las
Políticas contables específicas utilizadas de acuerdo con los párrafos 117 a 124;

(b) revelará la información requerida por las NIIF que no haya sido incluida en otro lugar de los estados
Financieros; y

(c) proporcionará información que no se presenta en ninguno de los estados financieros, pero que es relevante
Para entender a cualquiera de ellos.

Siempre que tengan un efecto significativo sobre los importes reconocidos en los estados financieros, una
Entidad revelará, en el resumen de las políticas contables significativas o en otras notas, los juicios, diferentes
De aquéllos que impliquen estimaciones (véase el párrafo 125), que la gerencia haya realizado en el proceso de
Aplicación de las políticas contables de la entidad.
Una entidad revelará información sobre los supuestos realizados acerca del futuro y otras causas de
Incertidumbre en la estimación al final del periodo sobre el que se informa, que tengan un riesgo significativo
De ocasionar ajustes significativos en el valor en libros de los activos o pasivos dentro del periodo contable
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